JUICIO RAPIDO
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¿Qué es un JUICIO RÁPIDO?
Es un proceso penal especial creado para agilizar la investigación y enjuciamiento de determinados delitos cuya pena no exceda de cinco años de prisión, como son el hurto, robo, delitos de tráfico, drogas, etc..
¿En que consiste y que beneficios tiene?
Las actuaciones en el Juicio Rápido deben realizarse durante el servicio de guardia. Siendo que una vez realizada la fase de instrucción (investigación de los hechos) el Juez de Guardia, oidas las partes y al Ministerio Fiscal, decide si acuerda la apertura del juicio oral o el sobreseimiento de la causa .
Si se decide la apertura de juicio oral, es cuando el Ministerio Fiscal presenta el escrito de acusación, y en el que se puede llegar a la CONFORMIDAD con la reducción de 1/3 de la pena (si entre otros requisitos la pena solicitada es de hasta 3 años de prisión).
Si no hay conformidad con la pena solicitada por el Ministerio Fiscal, o no se cumplen los requisitos del art.801.1 LECr (pena de más de 3 años, etc..), pasaríamos a la fase de JUICIO ORAL ante los JUZGADOS DE LO PENAL.
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